Baltasar Garzón: «Reivindico mi inocencia y asumo todas lasdecisiones que tomé»

«Reivindico mi inocencia y asumo todas las decisiones que tomé», dijo en su alegato final un afónico Baltasar Garzón sobre las escuchas que por orden suya se realizaron en la prisión de Soto del Real a los cabecilla de la trama corrupta de Gürtel y sus abogados. Ayer quedó visto para sentencia el primero de los tres procesos abiertos contra él en el Tribunal Supremo. Los abogados de la acusación calificaron de monstruoso su papel durante la instrucción en la que, según dijeron, se convirtió «en una suerte de Gran Hermano» y subordinó los medios al fin en nombre de la razón de Estado. Garzón se enfrenta a una pena de entre 10 y 17 años de inhabilitación por los delitos de prevaricación y violación de las garantías constitucionales que le imputan las acusaciones y que supondría su expulsión de la carrera judicial. En cambio cuenta con el respaldo de la fiscalía, que ha reclamado, como su defensa, la absolución al considerar que no hubo ningún delito al ordenar las escuchas «Mis decisiones fueron tomadas reflexivamente en cumplimiento de la más estricta legalidad», proclamó el juez al afirmar que «en ningún momento» se violentó ni se lesionó el derecho de defensa, sino que, al contrario, hizo todo por salvaguardarlo, «especialmente el de las personas afectadas por la intervención de las comunicaciones». Las escuchas eran la única vía para evitar que los cabecillas de la trama siguieran actuando desde la cárcel, subrayó Garzón al negar que actuara guiado por una razón de Estado. «La única razón de Estado que comprendo es la de los ciudadanos», dijo. El juez suspendido de sus funciones en la Audiencia desde mayo de 2010 defendió que el fiscal participara en el expurgo de las grabaciones e hizo hincapié en que se trataba de investigar delitos graves de blanqueo de capitales. Garzón finalizó con una cita de Willy Brandt: «Abrir la puerta a una injusticia es dejarla abierta para todas las que la siguen». Durante su intervención fue interrumpido varias veces por el presidente del tribunal, Joaquín Giménez, por referirse a los abogados de la acusación. La orden de intervenir las comunicaciones con sus abogados que mantuvieron en prisión los considerados jefes de la red corrupta, Francisco Correa y Pablo Crespo, provocó un debate jurídico sobre los límites del derecho de defensa que, según las acusaciones, Garzón vulneró «clamorosamente» y deben ser acotados por el Supremo. El defensor de Garzón le recordó al Supremo su propia doctrina, que establece que el delito de prevaricación requiere que se adopte una resolución manifiesta y objetivamente injusta en la que no quepan opiniones jurídicas distintas y no haya otros argumentos defendibles por la comunidad jurídica respecto a esa resolución. En esa línea, la fiscalía insistió en no hay ninguna legislación que prohíba grabar a los abogados si hay indicios de graves delitos. El abogado Ignacio Peláez, autor de la querella que dio origen a este juicio, criticó duramente la medida de Garzón, que le afectó directamente porque fue uno de los grabados en sus visitas a Correa y Crespo en la cárcel durante 2009. En su opinión, el auto del juez fue burdo, prevaricador y contrario a derecho. La defensa de Correa, que ejerce José Antonio Choclán, acusó a Garzón de dar un «cheque en blanco» a la Policía para investigar lo que quisiera y le reprochó haber actuado como si todos los abogados «fueran unos corruptos» al ordenar unas escuchas genéricas e indiscriminadas. El abogado de Crespo, Pablo Rodríguez Mourullo, añadió que con las escuchas el juez se convirtió «en una suerte de Gran Hermano» que todo lo oye. En los próximos días arrancan las deliberaciones de los siete magistrados, cuya decisión marcará el futuro de Garzón. El tribunal tendrá que hilar más fino, porque a partir de la escueta definición que el Código Penal hace de la prevaricación -dictar, a sabiendas, una resolución injusta-, el Supremo ha elaborado una completa, y compleja, doctrina sobre cuándo se comete ese delito y cuándo no. Para empezar, la injusticia de la resolución ha de ser patente, manifiesta, grosera y evidente -todos estos adjetivos, y alguno más, ha empleado el Supremo. Dice también que la resolución no es injusta, y por tanto no existe prevaricación, cuando, aun siendo ilegal -los autos autorizando las escuchas fueron anulado-, esa ilegalidad «se encuentre justificada por error o equivocación en la interpretación de la norma».
Por: www.lne.es